Capítulo 3. Información social Estado de Información No Financiera Consolidado e Información sobre Sostenibilidad del Grupo PRIM 2024 145 Metodología de cálculo (S1-16_03) La metodología empleada para el cálculo de la brecha salarial sigue los requisitos de la normativa CSRD, que garantizan la comparabilidad y transparencia de la información retributiva. La brecha salarial se calcula con base al promedio salarial, utilizando la siguiente fórmula: = (Nivel retributivo bruto medio por hora de los asalariados - nivel retributivo bruto medio por hora de las asalariadas) / Nivel retributivo bruto medio por hora de los asalariados masculinos x 100 El alcance incluye todos los colaboradores internos con contrato laboral, excluyendo becarios/as. Además, se aplican los ajustes necesarios para la corrección por jornada completa equivalente (FTE), con el fin de asegurar la comparabilidad entre colaboradores internos/as con diferentes jornadas laborales. (S1-16_02) La relación de remuneración de la persona mejor pagada es de 23,52. Este dato se calcula de la siguiente manera: = Remuneración de la persona mejor pagada / Mediana de la remuneración total anual de los empleados (excluida la persona con mayor salario) 3.1.18. Incidentes, reclamaciones e impactos graves relacionados con los derechos humanos (S1-17) PRIM promueve la protección de los Derechos Humanos, la ética y la responsabilidad social en toda su cadena de valor y en las regiones donde opera. Este compromiso se refleja en las Política de Sostenibilidad y la Política de Derechos Humanos, la formación continua y el canal de denuncias. La compañía aplica una política de tolerancia cero frente al acoso, recogida en su Código Ético y políticas corporativas, y aplicable a todas las personas que colaboran con la organización. Dispone de un Protocolo de Prevención y Actuación contra el acoso laboral, sexual o por razón de sexo, accesible en el Escritorio Digital a un solo clic. Su objetivo es prevenir, sensibilizar y abordar estas situaciones en el entorno laboral. Para garantizar su difusión, se ha comunicado a través de la intranet corporativa, donde cuenta con un botón visible y de acceso directo. (S1-17_07) El Canal Ético es el mecanismo establecido para la gestión de consultas y denuncias. Este canal garantiza la confidencialidad y previene represalias, conforme a los principios descritos en el capítulo 4.1.2. Cultura corporativa y políticas de cultura corporativa y empresarial (G1-1 - MDR-P). (S1-17_01, S1-17_02, S1-17_03, S1-17_04, S1-17_05, S1-17_06, S1-17_08, S1-17_09, S117_10, S1-17_11, S1-17_12) Durante el ejercicio 2024, PRIM no registró ningún reporte a través de sus canales relacionado con la vulneración de Derechos Humanos, con el no respeto a los Principios Rectores de la ONU y las Directrices de la OCDE para las Empresas Multinacionales, ni en ejercicios previos. Por ello, no hay multas, sanciones y/o compensaciones actuales o en curso por problemas e incidentes graves de derechos humanos relacionados con los colaboradores internos.
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